martes, 6 de mayo de 2014

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
AMPA COLEGIO PÚBLICO PRÁCTICAS DE CÁCERES

Fecha: 13 de Mayo 2014 ( martes )

Hora: 18:00h. Unica Convocatoria

Lugar: Instalaciones del comedor escolar C.P.Prácticas.


Orden del día:
  1. Constitución de la nueva Junta Directiva por cumplimiento del plazo de la actual Junta Directiva.
  2. Aprobación en su caso, de las modificaciones propuestas y aprobadas en la Asamblea sobre la modificación el del artículo 11 de los Estatutos.
  3. Ruegos y Preguntas.

Nota informativa:
En el aula matinal del colegio se desarrollarán actividades para los niños financiadas por la Ampa con objeto de que podáis asistir a la celebración de esta asamblea.

Se adjunta nueva propuesta de modificación del artículo 11 de los Estatutos.


Artículo 11.- 
Sin perjuicio de las facultades de la Asamblea General, la Asociación estará regida por una Junta Directiva, que estará compuesta por:

Presidente/a
Vicepresidente/a
Secretario/a
Tesorero/a
y Vocales en un número máximo de siete.

Todos los cargos deberán recaer en socios de la Asociación y serán gratuitos.
Los socios podrán presentar su candidatura libremente ante la Asamblea General convocada al efecto y si hubiera socios suficientes será constituida y aprobada en el mismo acto.

En el supuesto de que no se presentaran candidaturas voluntarias,o faltaren para completar la Junta Directiva, la elección de sus miembros, se realizará mediante sorteo entre todos los socios asistentes o no asistentes.

Se exceptúan con exclusividad de esta elección:
1) Los miembros de la Junta saliente así como de la anterior a ésta.
2) Los socios cuyos hijos se encuentren en 5º y 6º curso del ciclo académico.

El mandato de la Junta Directiva tendrá una duración de dos años académicos.

Cuando la elección del candidato en cuestión se hubiere hecho por sorteo, si algún socio no tomare posesión del cargo para el que ha sido elegido, ello supondrá la expulsión como socio de la AMPA, y por lo tanto la pérdida de los derechos que conlleve ser miembro de la misma, como es la que los hijos puedan ser usuarios del comedor escolar, que también se perderá.

De igual manera, la renuncia o abandono del cargo tras ser elegido por sorteo, y producida antes del mandato de los dos años que no sea por una necesidad especial y debidamente justificada, conllevará la misma penalización argumentada en el párrafo anterior.

Será la Junta Directiva en sesión extraordinaria, sin necesidad de convocar Asamblea General, quien acuerde la expulsión del miembro de la Junta Directiva que haya abandonado, y en el caso de que se haya presentado justificación para el abandono o renuncia, quien valore la misma, también en sesión extraordinaria

En este último caso, si considerase válida la renuncia, atendiendo a las razones que el miembro de la Junta haya presentado, aceptará la misma y recompondrá la Junta Directiva asignando cargos de entre sus miembros, comunicándolo al resto de Socios y Organismos pertinentes.

En otro caso, es decir, si la justificación no se entendiere suficiente, someterá dicha valoración al resto de Socios convocando Asamblea General Extraordinaria al efecto, siendo en esta sesión donde se acuerde lo procedente.




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